La constitución debe dejar sentada las bases para la convivencia, señalar obligaciones y derechos de los ciudadanos y de sus gobernantes.
Hay dos puntosa considerar en el perfil de los candidatos
Primero: Si bien es cierto que para acceder a cargo electivos en el orden nacional hay que tener 18 años, ser argentino, no tener sentencia firme no cumplida, es también cierto que algunos municipios han establecidos reglas, que podrían ser inconstitucionales, como la obligación de tener pagado el ABL, si se es propietario, pero nada dice de aquellos que no tienen nada a su nombre, pero todos saben que son dueños verdaderos de capital, autos, propiedades.
Son también honorables ciudadanos que caminan más tranquilos que los profesionales liberales, evasores en su inmensa mayoría, amparados muchas veces en el monotributo.
En este sentido, en el sentido de hacer que no puedan ser elegidos, aquellos que tienen el perfil antes descrito, la carta orgánica a crearse a través de los representantes puede hacer mucho.
Así puede pedirse la declaración jurada de ganancias para hacerla pública, ya que si públicamente se vive lujosamente, no hay problemas en mostrar con cuanto se contribuye al erario público y deja a los votantes tranquilos de que el candidato no solo subirá para hacerse de unos pesos más del tesoro.
Es decir que obligatoriamente los candidatos deban exhibir sus impuestos, que coincidirán con la dicharacheria popular que dice por ejemplo “tiene dinero, es un empresario”, que lo pruebe. Es conocido que hay empresarios que pagan menos impuestos que sus empleados a los que tienen en negro y les hace pagar un monotribnuto.